Res. 25-E/2017


Sistema de Turnos para descargas en Puertos

 

 

Mediante la Res. 25-E/2017 se reglamentó el “STOP”, nuevo "Sistema de Turnos para descargas en Puertos" para las entregas en puertos del Gran Rosario y de la Provincia de Buenos Aires, el que será implementado en forma gradual a partir del 29/05/2017

Esto no va a modificar la actual operatoria para la obtención de Cupos pero sí va a ser obligatorio contar con el Nº de Código para poder obtener el CTG, ya que dicho código deberá ser consignado al solicitarse el mismo, y será validado contra los datos cargados por el dador del Turno en una Plataforma Web

De esta manera se podrá hacer un seguimiento al Cupo en todo momento, sabiendo si fue asignado a un CTG, y si fue descargado o no el camión.

 

El circuito es el siguiente:

 

1- Los Cupos se solicitan como hasta ahora.

2- Las Terminales Portuarias o la Planta del Comprador cargan el Código por medio de un Web Service a una “Plataforma Web”, que es de la que se va a servir AFIP luego para hacer el control del Código consignado en el CTG.

3- El titular de la Carta de Porte solicita el CTG a la AFIP con los mecanismos actuales, y el Código de Cupo solamente se pedirá en forma obligatoria si la mercadería va con destino a un Puerto que da cupos, no en todas las salidas.

4- La AFIP, ante la solicitud, chequea que el cupo exista en la base de datos alimentada por la Terminal Portuaria, y si está todo en condiciones confirma y entrega el CTG, cuya validez es la misma que hasta ahora.
Si la Terminal portuaria no pudo informar los cupos a la AFIP, no se podrá obtener el CTG.

5- AFIP actualiza sus bases de datos y asocia el CTG al Cupo, cambiando el estado del Cupo.

6- Cuando es descargada la mercadería, la Terminal Portuaria informa al sistema de la AFIP modificando el estado al Cupo.

7- Cuando se anula un CTG y no se hizo la “Confirmación de Arribo”, el Cupo queda liberado y se puede volver a usar el mismo turno en la próxima solicitud de CTG (o sea que no hay que pedir un nuevo turno).

8- Si el camión se desvía a otra planta del mismo propietario (CUIT), se usa el mismo CTG y el mismo turno, no hay que pedir un nuevo turno.

9- Si la mercadería se envía a Acondicionar, el turno se vence, por lo que se deberá que pedir un nuevo turno para que la Acondicionadora cargue en el nuevo CTG que habilitará la nueva carta de porte.

10- Si la Acondicionadora no estuviese adherida al Sistema de Turnos, y el envío a la Terminal se realizara en el mismo día del Turno otorgado, se podrá anular el CTG original y usar el mismo Número de Turno en el nuevo CTG que habilitará la nueva carta de porte.

11- Cupos Nominados: Cuando el Comprador otorgó un Cupo relacionado con un Vendedor en particular (Nominado), si este no puede cumplir con la entrega y anula su CTG, el Nº de Cupo no se puede darse a otro Vendedor para que lo cumpla (dado que el Cupo es Nominado), solo lo podría usar nuevamente el Vendedor original (y siempre que la entrega se realice en el mismo día para el cual fue otorgado.

12- Cupos No Nominados: Son los cupos que se otrogan al Corredor para que este los administre. En estos casos, si el Vendedor al cual el Corredor asignó el Cupo no puede cumplir con la entrega, el Corredor podría asignar el Cupo a otro Vendedor, siempre que la entrega se realice en el mismo día para el cual fue otorgado y el Vendedor original anule su CTG previamente para liberar el Nº de Cupo.

Aunque aún no está implementado, aparentemente todos los intervinientes en una Carta de Porte podrían consultar el estado de los Cupos a través de una Página Web o una aplicación móvil que se pondrán a disposición.